Las áreas se asignan mediante tres tipos de procesos: competencia abierta, competencia cerrada y por asignación directa. Por regla general, tanto las áreas para desarrollar actividades de exploración, como las de exploración y explotación se adelantan mediante procedimientos competitivos de selección, y solo excepcionalmente mediante asignación directa. En el caso de los procesos abiertos y competitivos, la ANH hace una convocatoria abierta y escoge entre los proponentes previamente habilitados la oferta más favorable. En los procesos competitivos cerrados, la ANH invita a un número plural, pero limitado, de proponentes que reúnan determinados requisitos de capacidad y escoge de manera objetiva el ofrecimiento más favorable. La asignación directa es, como se indicó antes, un procedimiento excepcional mediante el cual la ANH, previa autorización del Consejo Directivo, asigna directamente una o varias áreas. Esto teniendo en cuenta uno o varios de los siguientes criterios: la naturaleza y localización geográfica del área, sus características geológicas particulares, la presencia de restricciones sociales y ambientales, la carencia de información técnica sobre el subsuelo; o por motivos de interés general, de seguridad nacional, de orden público; o por consideraciones especiales de política energética o económica.