Los contratos otorgan a las empresas el derecho a explorar y explotar los recursos del subsuelo, de propiedad de la nación, a cambio de una serie de contraprestaciones económicas.
Las áreas se asignan mediante tres tipos de procesos: competencia abierta, competencia cerrada y por asignación directa. Por regla general, tanto las áreas para desarrollar actividades de exploración, como las de exploración y explotación se adelantan mediante procedimientos competitivos de selección, y solo excepcionalmente mediante asignación directa. En el caso de los procesos abiertos y competitivos, la ANH hace una convocatoria abierta y escoge entre los proponentes previamente habilitados la oferta más favorable. En los procesos competitivos cerrados, la ANH invita a un número plural, pero limitado, de proponentes que reúnan determinados requisitos de capacidad y escoge de manera objetiva el ofrecimiento más favorable. La asignación directa es, como se indicó antes, un procedimiento excepcional mediante el cual la ANH, previa autorización del Consejo Directivo, asigna directamente una o varias áreas. Esto teniendo en cuenta uno o varios de los siguientes criterios: la naturaleza y localización geográfica del área, sus características geológicas particulares, la presencia de restricciones sociales y ambientales, la carencia de información técnica sobre el subsuelo; o por motivos de interés general, de seguridad nacional, de orden público; o por consideraciones especiales de política energética o económica.
En virtud del contrato de explotación de hidrocarburos, el contratista es titular de todos los derechos de exploración y producción. Por lo tanto, le corresponde diseñar el programa de trabajo y obras, así como construir y operar con autonomía, responsabilidad y a su propio riesgo y costo las facilidades necesarias. En contraprestación por estos derechos, el mismo contratista se compromete a pagar regalías al Estado, a hacer pagos a la ANH y a pagar los impuestos correspondientes. Todos los aspirantes a celebrar estos contratos, sin excepción, deben seguir y cumplir con los procedimientos establecidos para su celebración.
En todos los contratos suscritos con la ANH se pactan retribuciones en dinero o en especie a favor de la ANH, de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento superior, en especial en los reglamentos de la misma Agencia. Esas retribuciones económicas, también conocidas como “derechos económicos” , se pactan a favor de la ANH en los contratos, tal como se presenta en la siguiente tabla.
Retribuciones económicas en los contratos de hidrocarburos
Tipo
Cuantificación
Por precios altos
Participación sobre la producción de propiedad del contratista, en especie o en dinero, a elección de la ANH.
Como porcentaje de participación en la producción (%)
Cuando se haya pactado, el contratista pagará a la ANH el porcentaje de la producción, después de regalías, pactado y establecido en el contrato.
Por uso del subsuelo en áreas en exploración
El contratista pagará una tarifa por unidad de superficie del área de exploración (ha).
Por uso del subsuelo en áreas de evaluación y de producción
El contratista pagará una tarifa por barril producido en áreas que se encuentren en evaluación o producción.
Fuente: ANH, 2017
Adicionalmente, el contratista se obliga a pago por concepto de transferencia de tecnología, como se presenta en la siguiente tabla
Retribuciones de transferencia de tecnología en los contratos de hidrocarburos
Categoría
Valor
Transferencia de tecnología
El 25 % del pago por uso del subsuelo en áreas en exploración.
El 10 % del pago por uso del subsuelo en áreas en explotación.
Fuente: ANH, 2017
Además de las obligaciones técnicas y económicas, los contratos incluyen obligaciones sociales y ambientales a cargo de los contratistas.
La ANH es la encargada de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales. Las funciones de seguimiento y control ambiental corresponden a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). La vigilancia en el cumplimento de la legislación laboral, sanitaria, de derechos humanos, etc., está a cargo de los ministerios de Trabajo, Salud, Interior, etc.
Para hacer seguimiento a los contratos, la ANH ha dispuesto varios vínculos de acceso que brindan información sobre los modelos de los contratos E&P y TEA, su asignación y su estado y sobre los contratos de asociación con Ecopetrol